**Este apartamento se alquila por temporada, para estancias medias o cortas, pero de acuerdo únicamente con la normativa LAU como "uso distinto de vivienda", y no se permiten alquileres con fines turísticos sino que el alquiler debe ser por motivo laboral/personal/familiar, etc., y la persona que alquila deber residir fuera de Madrid, y por supuesto nunca hacer de esta vivienda su residencia permanente (sino que será su residencia temporal), ni empadronarse en la misma.**
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